Contrato para la Formación y el Aprendizaje
Los requisitos que deben reunir los Contratos para la Formación y el Aprendizaje se relacionan a continuación con los aspectos fundamentales que se deben cumplir para llevar a cabo este tipo de Contrato:
♦ No existe limitación de plantilla en la empresa a la hora de realizar este tipo de contrato.
♦ Deben ser personas Desempleadas, entre 16 años y 29 años.
♦ Si tuvieran Cualificación Profesional (Grado Superior, Medio, Formación Profesional,…), deberá ser distinta sobre la cualificación profesional que se contrate.
♦ La Duración mínima del contrato será de UN AÑO y la máxima de TRES AÑOS.
♦ La retribución del trabajador contratado para la formación se fijará en proporción al tiempo de trabajo efectivo (el 75 % del SMI durante el primer año, y el 85% durante el segundo y tercer año), salvo que en convenio colectivo se pacte otra cuantía.
♦ Bonificación del 100% de las cuotas a la Seguridad Social, en AUTONOMOS y PYMES de menos de 250 trabajadores en la plantilla.
♦Los AUTONOMOS (Personas Físicas) podrán contratar a sus HIJOS, independientemente de si conviven en la unidad familiar o no, en este tipo de contrato para la Formación y el Aprendizaje.
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